Al solicitar el certificado de últimas voluntades podrás saber si una persona ha otorgado testamento o no. El testamento puede ser notarial u ológrafo. Todos los testamentos realizados ante Notario pasan a un registro por lo que es posible obtener un certificado oficial del Ministerio de Justicia por el que se acredita que existe o no testamento. En dicho certificado consta también ante qué Notario se ha realizado el testamento para que se pueda ir a solicitar una copia.
Éste certificado es importante puesto que en caso de que exista, se ha de respetar la voluntad del fallecido con respecto a sus bienes. Incluso en caso de que se realice un reparto de la herencia sin respetar el testamento existente, podrá ser anulado, sin que tenga ningún valor los bienes repartidos.
Para solicitar el certificado de últimas voluntades, se han de esperar 15 días desde el fallecimiento. Cuando haya transcurrido ese plazo, deberás acudir a una oficina territorial del Ministerio de Justicia, con el Certificado de Defunción original del Registro Civil, además se deberá abonara previamente la tasa del Modelo 790 con un coste de 3,54 euros y presentar el certificado de haberlo abonado.
Si no existe todavía certificado de defunción en el Registro Civil, se deberá consignar el DNI/NIE del fallecido o el pasaporte en su caso. Este certificado también se puede solicitar online con certificado digital: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-actos-ultima.
Por lo tanto cuando obtienes el certificado podrás conocer si el fallecido ha otorgado o no testamento y si lo ha hecho en qué Notaría consta el citado testamento.
En caso de que el fallecido haya realizado testamento pero no lo haya hecho ante Notario, estaríamos ante un testamento ológrafo, cuya única garantía sería la firma del fallecido. En este caso, no consta ningún registro en el que se puede consultar su existencia, por lo el testador debe comunicar la existencia del mismo a alguien.
Actualmente existen aplicaciones y web en las que puedes realizar tu testamento online. En estos casos, la dinámica es la misma, puesto que debemos diferenciar entre el testamento Notarial, en cuyo caso quedará registrado en el Registro de últimas voluntades y el testamento personal, similar al ológrafo que para que surta efecto ha de ser comunicado a la parte que pueda estar interesada.
Volver a hacer el test de herencias.
Más información: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483963297/Detalle.html