Cobrar una deuda
En tu caso, vas a poder reclamar la deuda e incluso es probable que un Tribunal o Juzgado, estime tu reclamación, puesto que no has sobrepasado el plazo que tienes para reclamar la deuda y tienes documentos que la acreditan (las facturas). Necesitarás un abogado para presentarlo en el juzgado, puesto que la cuantía a reclamar es superior a 2.000 €.
Debes tener en cuenta, que si has realizado alguna acción para reclamar esa deuda, se interrumpirá el plazo de prescripción, pudiendo así reclamar la deuda aunque haya pasado el plazo. Por ejemplo, si has enviado un burofax al deudor, entonces el plazo que ya a pasado se vuelve a iniciar. Eso sí, debes poder acreditar esa acción. No sería suficiente con decir que has llamado por teléfono o que cada vez que te lo has encontrado le has dicho que te pague, puesto que esto en un juicio no se puede acreditar. Para que tenga capacidad de interrumpir la prescripción, debes poder demostrar que has realizado esa acción. Lo mejor en estos casos, es que envíes un burofax o carta con acuse de recibo.
Para poder reclamar una deuda, es decir un dinero que no te han pagado pero que te deben, debe tener las siguientes características:
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líquida: que se pueda determinar exactamente. Con deudas dinerarias no hay problema.
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vencida: que el momento en el que se acordó pagar haya vencido.
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exigible: que se le pueda reclamar a la persona o entidad en concreto, en base al contrato o la razón por la cual se constituyó la deuda.
En cualquier caso, te recomendamos que consultes con un abogado, llevándole la documentación correspondiente para que pueda examinarla y asesorarte de forma personalizada.
Antes de reclamar, es necesario saber si existen bienes para poder cobrar la deuda. Si te interesa las formas de conocer si un deudor tiene bienes haz clic aquí: embargo de deudas y si quieres, también puedes informarte sobre el embargo telemático.
Volver a hacer el test de reclamación de deudas.
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Tienes facturas o albaranes del trabajo realizado
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El servicio prestado es periódico (mensual, etc.)
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El importes es de más de 2.000€
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Necesitarás un abogado para presentarlo en el juzgado (abogado) (RD 2)