Comisiones por retirada de efectivo
Las comisiones por retirada de efectivo son aquellas que el banco carga por utilizar sus instalaciones para sacar dinero de nuestra cuenta. normalmente no nos cobran si pertenecemos a esa entidad bancaria y tenemos con ellos la cuenta corriente. Por lo general la comisión viene asociada a cuando sin ser cliente de ese banco sacamos dinero a través de sus cajeros automáticos. Es un cargo habitual por parte de nuestro sistema bancario y normalmente oscila entre 1 y 5€ por retirada (la comisión va a depender de la red que tengamos en nuestra tarjeta de crédito/débito y si el cajero pertenece a ésta red o no).
Es obligatorio que los cajeros le informen de la comisión y los gastos de la operación antes de que se realice, se ha de indicará el importe exacto de la comisión y los gastos y siempre debe existir la posibilidad de anular la operación, si consideramos que la comisión es excesiva.
Además no pueden existir varias comisiones por una misma retirada de efectivo. Hasta ahora, la comisión por retirada de efectivo cobrada se repartía entre la entidad propietaria del cajero y la de la cuenta corriente. Sin embargo, varias entidades han anunciado que cobrarán su propia comisión en caso de utilizar su red de cajeros. En ningún caso podrán cobrar dos comisiones por una misma utilización de sus cajeros. Así lo han asegurado tanto el Banco de España como la Comisión Europea.
En general, las comisiones bancarias son libres y a elección del banco establecerlas o por cuanto, según el Banco de España (Circular 8/1990, de 7 de septiembre) existe libertad en el establecimiento de comisiones y gastos: «las tarifas o precios de las comisiones bancarias son libres. Las entidades pueden poner los importes que deseen salvo en contadas operaciones bancarias que están limitadas por ley, como la cancelación o amortización anticipada de un préstamo hipotecario a tipo variable o de ciertos créditos al consumo».