Deuda con proveedor
Es probable que la acción para reclamarlas haya caducado. Todas las deudas tienen un plazo para poder reclamarlas. Este plazo va a depender del tipo de deuda que sea. En tu caso, es probable que se haya pasado el plazo para poder reclamarlas.
Por lo tanto, no es seguro que un Tribunal estime tu reclamación, existiendo el riesgo de que pierdas el juicio. Te recomendamos que consultes con un abogado, llevándole la documentación correspondiente para que pueda examinarla.
Debes tener en cuenta, que si has realizado alguna acción para reclamar esa deuda, se interrumpirá el plazo de prescripción, pudiendo así reclamar la deuda aunque haya pasado el plazo. Por ejemplo, si has enviado un burofax al deudor, entonces el plazo que ya a pasado se vuelve a iniciar. Eso sí, debes poder acreditar esa acción. No sería suficiente con decir que has llamado por teléfono o que cada vez que te lo has encontrado le has dicho que te pague, puesto que esto en un juicio no se puede acreditar. Para que tenga capacidad de interrumpir la prescripción, debes poder demostrar que has realizado esa acción. Lo mejor en estos casos, es que envíes un burofax o carta con acuse de recibo.
En cualquier caso, te recomendamos que consultes con un abogado, llevándole la documentación correspondiente para que pueda examinarla y asesorarte de forma personalizada.
Antes de reclamar, es necesario saber si existen bienes para poder cobrar la deuda. Si te interesa las formas de conocer si un deudor tiene bienes haz clic aquí: embargo de deudas y si quieres, también puedes informarte sobre el embargo telemático.