estoeslegal.com
  • Derecho de Familia
    • Divorcio
    • Herencias
    • Incapacitación judicial
    • Reclamación de Paternidad
    • Aborto
  • Delitos
    • Delitos en Redes Sociales
    • Cancelación antecedentes penales
    • Injurias y Calumnias
    • Aborto
    • Acusación, denuncias falsas y simulación de delitos
  • Administrativo
    • Multas de Tráfico
    • Derecho de asilo
    • Devolución de Compras
    • Aviso Legal Web
    • Premios de Lotería
    • Abogado de Oficio
  • Destacado
    • Acusacion. Denuncias falsas. Simulacion delitos
      • Denuncia falsa
      • Simulación de Delito
    • Delitos en Redes Sociales
      • Delito de incitación al odio y la violencia
      • Publicidad engañosa
      • Acoso en redes sociales
      • Delito de Amenazas
      • Denuncia por insultos
      • Suplantación de identidad
      • Publicar fotos sin consentimiento
    • Divorcio
      • Divorcio ante Notario
      • Divorcio express
      • Divorcio con acuerdo prematrimonial
      • Pensión compensatoria sin hijos – Divorcio
      • Divorcio, pensión compensatoria y pensión alimenticia
      • Divorcio con hijos – Acuerdo prematrimonial
      • Divorcio sin hijos
      • Pensión alimenticia – Divorcio
      • Separación de pareja sin hijos
    • Comisiones bancarias
      • Comisiones por ingresar dinero en una cuenta
      • Comisiones por gastos de correspondencia
      • Comisiones por mantenimiento
      • Comisiones por descubierto
      • Comisiones de mantenimiento con hipoteca
    • Herencias
      • Herencia sin testamento sin hijos ni pareja
      • Herencia sin testamento con hijos y pareja
      • Legítimas en la herencia
      • Herencia con testamento ológrafo
      • Herencia con testamento
      • Testamento notarial
      • Testamento ológrafo
      • Herederos de una herencia
      • Herencia sin testamento y sin hijos
      • Herencia sin testamento con hijos
    • Reclamación de Deudas
      • Como cobrar una deuda
      • Impago pensión de alimentos
      • Embargo deuda
      • Embargo telemático
      • Impago de alquiler
      • Deuda de arrendamiento
      • Prescripción de la deuda
      • Importe de una deuda
      • Demanda reclamación de deuda
    • Incapacitación judicial
      • Incapacitación y pruebas
      • Incapacitar a una persona
      • Declaración de prodigalidad
      • Incapacitación de menor de edad
      • Incapacidad sin familiares
      • Internamiento incapaz
      • Internamiento incapaz urgente
      • Incapacidad judicial
  • Derecho Bancario
    • Comisiones bancarias
    • Cláusulas abusivas
  • ¡Resolver Duda legal!

Si alguien muere se ha de saber si ha hecho o no testamento. Si no se conoce si el fallecido a realizado o no testamento se puede obtener un certificado de últimas voluntades. En caso de tener que determinar a quien le corresponde la herencia sin testamento deberemos asegurarnos de si tiene o no herederos. En el caso en el que no tenga herederos o al menos no se conozca, se deberá realizar un documento público y por tanto ante Notario llamado declaración de herederos. Con ello se consigue que exista publicidad y ciertas garantías de que realmente no existen herederos.

Cuando se cumpla este trámite y quede acreditado que no existen herederos, la herencia pasará al Estado, en base al artículo 956 del Código Civil. La forma de reparto es la siguiente:

  • Un tercio de la herencia pasa a instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del municipio del fallecido.
  • Otro tercio para las mismas instituciones y organizaciones de la provincia del fallecido.
  • El tercio restante pasa al Estado y será el Estado el que decida qué uso se le dará al bien. En caso de sumas de dinero en metálico y bienes susceptibles de rápida monetización normalmente servirán para amortizar la deuda pública que el Estado tenga.

En ocasiones, el Estado otorga incentivos a los ciudadanos y particulares para que en el caso de que descubran herencias sin herederos ni testamento y lo comuniquen a las Administraciones Públicas, puedan ser compensados con un porcentaje de la herencia. El porcentaje en sí corresponde al 10% del valor total de la herencia.

Sin embargo, estos casos en los que la herencia la percibe el estado o las instituciones públicas son muy poco frecuentes puesto que en la mayoría de los casos, el testador aún sin herederos decide ceder su herencia a las instituciones que él mismo ha elegido, otorgando por tanto un testamento para ello.

Volver a hacer el test de herencias.

  • Divorcio
  • Herencias
  • Delitos en Redes Sociales
  • Reclamación Vuelo
  • Incapacitación judicial
  • Injurias y Calumnias
  • Delitos en Redes Sociales
  • Cancelación de Antecedentes Penales
  • Comisiones bancarias
comodo ssl
Contacto Aviso Legal

© Estoeslegal 2014-2019.

Todos los derechos reservados.