Impago de cheque o pagaré
El cheques y pagaré son instrumentos de los cuales se puede derivar fuerza ejecutiva. Esto quiere decir que en caso de que fuesen impagados, se podría llegar a ejecutar al deudor. Sin embargo, existen ciertas peculiaridades que deberías tener en cuenta para poder reclamar el impago de cheque o pagaré.
El plazo de prescripción para poder reclamar un cheque o pagaré es:
- De 1 año contra el librador, contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente.
- De 3 años contra los endosantes, contado desde la fecha del protesto o declaración equivalente.
- De 6 meses de unos endosantes contra los otros y contra el librador, a partir de la fecha en que el endosante hubiere pagado la letra, o de la fecha en que se le hubiere dado traslado de la demanda interpuesta contra él.
Para poder reclamar un impago de cheque o pagaré, deberás interponer un procedimiento especial llamado Juicio Cambiario. En este juicio es necesario abogado y procurador, es sumario y consistirá en:
- Requerir al deudor para que pague en el plazo de diez días y en caso de que no lo haga,
- Ordenar el inmediato embargo preventivo de los bienes del deudor por la cantidad que figure en el título ejecutivo, más otra para intereses de demora, gastos y costas, por si no se atendiera el requerimiento de pago.
Una vez realizado el requerimiento de pago el deudor cambiario puede:
- atender el requerimiento y abonar la cantidad debida u
- oponerse al pago formulando la oposición cambiaria.
En cualquier caso, te recomendamos que consultes con un abogado, llevándole la documentación correspondiente para que pueda examinarla y asesorarte de forma personalizada.
Antes de reclamar, es necesario saber si existen bienes para poder cobrar la deuda. Si te interesa las formas de conocer si un deudor tiene bienes haz clic aquí: embargo de deudas y si quieres, también puedes informarte sobre el embargo telemático.