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Si has llegado hasta aquí es porque Ryanair «te ha dado plantón» o crees que es muy probable que ocurra. 

Los vuelos cancelados, dan derecho a:

  • que te cambien el vuelo al siguiente más cercano o que te devuelvan el dinero que te costó el billete.
  • ofrecer al pasajero que elige esperar comida, bebida, llamadas telefónicas, transporte y alojamiento.
  • indemnización económica.

Para saber si por la cancelación que has sufrido, tienes derecho a una indemnización, debes cumplir ciertas condiciones. Vamos a verlas.

Cuando la compañía aérea en la Unión Europea cancela tu vuelo, gracias a la normativa de la UE (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, sobre normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y siempre que se cumplan determinadas circunstancias, tendrá derecho a recibir una indemnización. En dicha normativa, se establecen el baremo indemnizatorio y otras características por las cuales, se debe proporcionar comida, bebida o alojamiento.

Siempre que un vuelo despegue sobre territorio de la UE o siempre que la aerolínea tenga su sede en territorio de un estado miembro, podrás acogerte a esta normativa para hacer valer tus derechos como pasajero de vuelo.

Tendrás derecho a recibir una indemnización si la aerolínea es responsable de la cancelación. Si la cancelación se debe a una huelga, las compañías suelen poner impedimentos basándose en que es causa de fuerza mayor y ellos no habrían podido evitarlo, sin embargo, nuestra recomendación es que reclames puesto que en muchas ocasiones, la compañía sí podría evitar la cancelación con planificación o incluso cuando vendió el billete ya estaba convocada la huelga.

Los pasajeros tienen derecho a recibir una indemnización de hasta 600 euros. Esta cantidad depende de la distancia del vuelo.

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada de hasta 1.500 km´s:

-Intracomunitarios: 250 €

-Extracomunitarios: 250 €

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada comprendida entre 1.500 y 3.500 km´s:

-Intracomunitarios: 400 €

-Extracomunitarios: 400 €

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada de más de 3.000 km´s:

-Intracomunitarios: 400 €

-Extracomunitarios: 600 €

La compañía está obligada a dar la elección al viajero entre la devolución del precio del billete cancelado o un cambio por otro billete en similares características (transporte alternativo). El viajero podrá elegir entre:

  • el reembolso o devolución en un plazo máximo de 7 días, del coste del billete (la devolución de lo que te costó).
  • la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible, o
  • la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

Además en caso de que se opte por el transporte alternativo, la aerolínea deberá prestar asistencia al viajero. Esto significa que, al margen de la indemnización que pueda corresponder en caso de retraso en el vuelo por culpa o negligencia de la aerolínea que acabamos de ver, la compañía está obligada a dar comida, bebida, llamadas telefónicas, transporte y alojamiento, en su caso, al pasajero que está esperando la salida del vuelo retrasado. Y recuerda que siempre, la compañía está obligada a ofrecer la posibilidad al viajero la devolución del precio del billete o la posibilidad de viajar lo más pronto posible.

Reclama gratis a Ryanair

Si quieres reclamar, rellena el siguiente formulario. Cuando lo tengas listo, se creara un PDF para que puedas enviártelo a tu correo o imprimirlo. Deberás dirigir tu reclamación a Ryanair, bien por correo electrónico, bien por correo ordinario. Debes asegurarte de que te quedas con una copia de haber enviado la reclamación y alguna confirmación de que la compañía aérea lo ha recibido.

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