Reclamar deudas antiguas
Vaya, parece que no vas a poder reclamar tu deuda. Has esperado mucho tiempo. Todas las deudas tienen un plazo para poder reclamarse y si en ese tiempo no lo reclamas, no vas a poder hacerlo ya. Como hace más de 5 años que esas facturas se emitieron, es probable que no puedas reclamarlas, ni por tanto cobrarlas.
Es por ello, que es posible que no te merezca la pena acudir a un Juzgado, puesto que es probable que no te vayan a dar la razón.
Sin embargo, antes de desecharlo todo debes tener en cuenta una cosa. En caso de que hayas puesto en contacto con el deudor para reclamar la deuda y puedas acreditarlo (a través de un burofax, de correos electrónicos, etc.), puede ser que hayas parado la prescripción (el plazo del que te hemos hablado para poder reclamar).En cualquier caso, te recomendamos que consultes con un abogado que pueda examinar la documentación y las facturas.
Por último, te indicamos las características que debe tener una deuda para poder reclamarla. Ha de ser líquida, es decir, que se pueda determinar exactamente, que no es un bien lo que reclames. Que esté vencida, es decir, que se le puede reclamar al deudor. Y por último, que sea exigible, que se le pueda reclamar a la persona o mercantil en concreto y que exista el motivo que originó la deuda.
También puedes consultar otras respuestas relacionadas, por ejemplo, cómo valorar una deuda. O si quieres conocer cómo el Juzgado puede conocer y embargar todos los bienes de un deudor, embargos telemáticos. Por último, te recomendamos que intentes saber si el deudor tiene bienes para poder embargar, algún tipo de pensión o salario. Si existe alguno, el Juzgado podrá embargarlo.