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La violencia de género y justicia gratuita, están unidas. Si eres o has sido víctima de violencia de género o has sufrido malos tratos en el ámbito familiar, tienes derecho a Justicia Gratuita para los procedimientos asociados a tu condición de víctima. Por lo tanto vas a poder obtener un abogado de oficio, independientemente de tu renta o los ingresos que tengas. Este derecho también lo tienen los herederos, en caso de fallecimiento de la víctima de violencia de género.

El derecho de Asistencia Jurídica Gratuita lo tendrás desde que inicias la reclamación o denuncia, hasta que finalice el proceso por delito de malos tratos. En caso de Sentencia absolutoria, perderías ese derecho. Además, para todos los procedimientos anexos (como por ejemplo, el divorcio de la persona que te ha maltratado), también podrás gozar de abogado de oficio.

De esta forma, no tendrás que abonar ningún gasto que se pueda producir en el juicio. Además podrás ser asesorada de forma gratuita. Recuerda que tienes también asistencia psicológica a través de las oficinas del los CAVIS (Centros de Atención a las Víctimas).

Así lo establece la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, en virtud de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

El proceso es muy sencillo. Tan solo tendrás que ir al SOJ (Servicio de Orientación Jurídica), dependiente del Colegio de Abogados de tu localidad, para cumplimentar la solicitud y aportar la correspondiente denuncia o querella por violencia de género.

Además, a través de los turnos de guardia de abogados que existen en los diferentes Colegios de Abogados en toda España, podrás recibir asistencia y asesoramiento 24 horas al día, los 365 días del año.

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