estoeslegal.com
  • Derecho de Familia
    • Divorcio
    • Herencias
    • Incapacitación judicial
    • Reclamación de Paternidad
    • Aborto
  • Delitos
    • Delitos en Redes Sociales
    • Cancelación antecedentes penales
    • Injurias y Calumnias
    • Aborto
    • Acusación, denuncias falsas y simulación de delitos
  • Administrativo
    • Multas de Tráfico
    • Derecho de asilo
    • Devolución de Compras
    • Aviso Legal Web
    • Premios de Lotería
    • Abogado de Oficio
  • Destacado
    • Acusacion. Denuncias falsas. Simulacion delitos
      • Denuncia falsa
      • Simulación de Delito
    • Delitos en Redes Sociales
      • Delito de incitación al odio y la violencia
      • Publicidad engañosa
      • Acoso en redes sociales
      • Delito de Amenazas
      • Denuncia por insultos
      • Suplantación de identidad
      • Publicar fotos sin consentimiento
    • Divorcio
      • Divorcio ante Notario
      • Divorcio express
      • Divorcio con acuerdo prematrimonial
      • Pensión compensatoria sin hijos – Divorcio
      • Divorcio, pensión compensatoria y pensión alimenticia
      • Divorcio con hijos – Acuerdo prematrimonial
      • Divorcio sin hijos
      • Pensión alimenticia – Divorcio
      • Separación de pareja sin hijos
    • Comisiones bancarias
      • Comisiones por ingresar dinero en una cuenta
      • Comisiones por gastos de correspondencia
      • Comisiones por mantenimiento
      • Comisiones por descubierto
      • Comisiones de mantenimiento con hipoteca
    • Herencias
      • Herencia sin testamento sin hijos ni pareja
      • Herencia sin testamento con hijos y pareja
      • Legítimas en la herencia
      • Herencia con testamento ológrafo
      • Herencia con testamento
      • Testamento notarial
      • Testamento ológrafo
      • Herederos de una herencia
      • Herencia sin testamento y sin hijos
      • Herencia sin testamento con hijos
    • Reclamación de Deudas
      • Como cobrar una deuda
      • Impago pensión de alimentos
      • Embargo deuda
      • Embargo telemático
      • Impago de alquiler
      • Deuda de arrendamiento
      • Prescripción de la deuda
      • Importe de una deuda
      • Demanda reclamación de deuda
    • Incapacitación judicial
      • Incapacitación y pruebas
      • Incapacitar a una persona
      • Declaración de prodigalidad
      • Incapacitación de menor de edad
      • Incapacidad sin familiares
      • Internamiento incapaz
      • Internamiento incapaz urgente
      • Incapacidad judicial
  • Derecho Bancario
    • Comisiones bancarias
    • Cláusulas abusivas
  • ¡Resolver Duda legal!

¿Tu compañía aérea «te ha dado plantón» o crees que es muy probable que ocurra? 

A nivel legal, un vuelo cancelado, supone un incumplimiento contractual por parte de la compañía aérea. La compañía se comprometió a ofrecer un servicio consistente en un vuelo en determinadas condiciones (entre ellas, día y hora) y no lo ha cumplido. Es por ello, que dicho incumplimiento puede dar lugar a una indemnización, para el usuario.

Los vuelos cancelados, dan derecho a:

  • cambiar el vuelo, por otro vuelo, en concreto al más cercano en el tiempo. En caso de que no haya o no te interese, podrás solicitar que te devuelvan el dinero que te costó el billete. La elección entre la devolución del dinero o el cambio del vuelo, depende siempre de ti, no de la compañía aérea. El cambio del billete puede consistir en:
    • el reembolso o devolución en un plazo máximo de 7 días, del coste del billete (la devolución de lo que te costó).
    • la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible, o
    • la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero,
  • si eliges el siguiente vuelo más cercano y esperas en el aeropuerto te deben ofrecer comida, bebida, llamadas telefónicas. Podrás reclamar en su caso, transporte y alojamiento, si el próximo vuelo es al día siguiente.
  • tienes derecho también a una indemnización económica.

Para saber si por la cancelación que has sufrido, tienes derecho a una indemnización, debes cumplir ciertas condiciones. Vamos a ello.

En primer lugar, debes saber que estos derechos están establecidos en base a normativa europea, en concreto UE (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004 sobre normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque. Es por ello que para tener derecho a la indemnización y a los derechos que hemos nombrado anteriormente, el vuelo debe despegar sobre territorio de la UE o la aerolínea debe tener su sede en territorio de un estado miembro.

Además, hay algunos casos en los que no corresponde la indemnización, es decir, casos en los que la compañía aérea no se hace responsable de la cancelación del vuelo. Estos casos son los denominados de fuerza mayor. Ejemplos de ello son en casos en los que las condiciones meteorológicas no hagan posible el vuelo (lluvia, viento, etc.). Eso sí, deben ser condiciones muy adversas, no serviría con una simple lluvia pasajera. Otro ejemplo seria en casos de revueltas, guerras, huelgas o amenaza de atentado. En todos estos casos, la cancelación del vuelo no es culpa de la compañía y por eso, no cabe pedir una indemnización. Sin embargo, nuestra recomendación es que reclames. En muchas ocasiones, la compañía sí podría haber evitado la cancelación con la planificación suficiente o haberte avisado con 14 días de antelación antes del embarque. Ten en cuenta, que hay compañías que incluso venden el billete de vuelo, aún conociendo las circunstancias adversas (guerra, revuelta, huelga…). En estos casos, la compañía aérea .

Para determinar la cuantía económica que tiene derecho a recibir un pasajero, se deberá determinar la distancias del vuelo.

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada de hasta 1.500 km´s:

-Intracomunitarios: 250 €

-Extracomunitarios: 250 €

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada comprendida entre 1.500 y 3.500 km´s:

-Intracomunitarios: 400 €

-Extracomunitarios: 400 €

Distancia entre la salida del vuelo y la llegada de más de 3.000 km´s:

-Intracomunitarios: 400 €

-Extracomunitarios: 600 €

Para reclamar, solo tienes que rellenar el siguiente formulario. Cuando lo tengas listo, se creará un PDF y automáticamente se enviará al correo electrónico que nos hayas facilitado. Deberás dirigir tu reclamación a la compañía aérea, bien por correo electrónico, bien por correo ordinario. Asegurarte de que te quedas con una copia de haber enviado la reclamación y alguna confirmación de que la compañía aérea lo ha recibido.

  • Divorcio
  • Herencias
  • Delitos en Redes Sociales
  • Reclamación Vuelo
  • Incapacitación judicial
  • Injurias y Calumnias
  • Delitos en Redes Sociales
  • Cancelación de Antecedentes Penales
  • Comisiones bancarias
comodo ssl
Contacto Aviso Legal

© Estoeslegal 2014-2019.

Todos los derechos reservados.